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sábado 3

junio


DICTAMEN DE CONTRALORÍA FALLA A FAVOR DE LA MEDIA HORA DE COLACIÓN PARA LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN DICTAMEN DE CONTRALORÍA FALLA A FAVOR DE LA MEDIA HORA DE COLACIÓN PARA LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

Frente al conflicto que ocurrió en Monte Patria, respecto a la media hora de colación que volvería a ser de carga del empleado y no del empleador, la Contraloría realizó su pronunciamiento al respecto donde se señaló que la media hora del almuerzo correspondía a la jornada de los asistentes de la educación y era imputable al empleador.

Cabe recordar que la decisión tomada por el departamento de educación de la comuna implicaba que los asistentes de la educación tendrían que trabajar 46 horas y media a la semana por tener que pagar el tiempo de su almuerzo. En septiembre de 2015 el jefe DAEM de monte patria informó que la media hora de colación era imputable al trabajador pese a que un dictamen del año 2012 señalaba lo contrario para esa comuna argumentando su decisión en un dictamen del 2013, del comité de bienestar del Ejército. Sin embargo, esta medida se contraponía con los dictámenes de la comuna de Paine y Lo Barnechea, de los años 2010 y 2012, que señalaban que la hora de almuerzo es imputable al empleador, es decir, corresponde como parte de la jornada de trabajo.

Luego de una presentación y reconsideración al fallo en contra de esa presentación  realizada por los dirigentes involucrados en la Contraloría Regional de Coquimbo, se generó un trabajo entre las directivas regionales con el directorio nacional Confemuch realizando una presentación al Contralor General de la República señor Jorge Bermúdez. Esta exposición contó con el apoyo del abogado del departamento de educación de Coquimbo, del abogado del Mineduc y de diferentes directivas de la confederación. Finalmente, en julio de este año la entidad hizo su pronunciamiento respecto a la situación, señalando que “los asistentes de la educación tienen derecho a hacer uso del horario de colación, dentro de la jornada de trabajo, con cargo a ésta, cuando aquella se igual o superior a 43 horas semanales”.

De esta forma, se resolvió que debe haber una continuidad en el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos al darle el favor a los asistentes de la educación, ratificando los dictámenes del 2010 y 2012. De esta forma, se resolvió que debe haber una continuidad en el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos al darle el favor a los asistentes de la educación, ratificando los dictámenes del 2010 y 2012. De acuerdo al directorio, esto se constituye como un gran triunfo pues marca un precedente a nivel nacional de que efectivamente la media hora corresponde al empleador pagarla y que los trabajadores pueden tomársela para almorzar y trabaja 44 horas. La media hora es imputable al trabajador por lo tanto debe ser considerada como trabajada. Es de esperar que ninguna comuna debiera tener problemas de ahora en adelante.

PRESENTACION A C GENERAL (1)

Dictamen 70674 NIEGA MEDIA HORA (1)DICTAMEN 070476N11 (1)

Dictamen hora de colacion 2016